Decreto Provincial Nº 383/20
La Municipalidad de Trevelin informa que de acuerdo a lo decretado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Dto. Nº 383/20 (Boletín Oficial Nº 13412), las personas exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular alcanzadas con fundamento en la actividad comercial que explotan, cualquiera fuera el rubro de comercio de que se trate, podrán desarrollar su actividad los días lunes a sábado de 10:00 a 19:30 horas.
El horario mencionado no es de aplicación a las actividades comerciales del rubro gastronómico y otros productos alimenticios, que se regirán por el actualmente vigente (Dto. Nº 344/20).
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